Buenos días. Es de todos sabido que en una vivienda la caída de tensión admisible en el circuito de tomas (bases I+N+T de 10/16A - schuko) es del 3%, en el caso de realizar circuitos de tomas en un local comercial (oficinas, cafeteria, supermercado etc). ¿De que caída debería poder disponer?, según el reglamento para el alumbrado debería de ser del 3% y para los otros usos del 5%. Si hacemos caso al texto esta claro que puedo tener un 5%, pero está claro que su uso no dejaría de ser igual al de una vivienda ¿Alguien me puede dar su opinión? ¿Debería perder solo el 3% como en las viviendas)