duda con emergencias en REBT 73

ivaxoe

Nuevo miembro
Buenas tardes,

Estoy empezando de inspector en baja tensión y me estoy encontrando en edificios antiguos de viviendas con que tienen un circuito para emergencias y estas son fijas con pantallas fluorescente " si salta el magneto-térmico se quedan igualmente sin luz" o en otro caso ni tienen emergencias.
La duda es si debo poner el acta condicionada y hacer que pongan unas.

Saludos
 

ivaxoe

Nuevo miembro
Porque si la instalación esta legalizada antes del REBT 2002, entiendo que debe cumplir solo con el reglamento al cual estaba acogido.
 

PcFex

Miembro activo
Porque si la instalación esta legalizada antes del REBT 2002, entiendo que debe cumplir solo con el reglamento al cual estaba acogido.
Si te sirve de referencia, en las ITV de edificios las OCAs que hacian las inspecciones, solo se fijaban en las emergencias que no funcionaban y no en el automático que las protegia en el cuadro, que cuando el automatico de alumbrado saltaba y el garaje se quedaba sin luz, las emergencias sin inmutarse, ya que con el reglamento del 73 no se esigia que fuesen colgadas de los circuitos de alumbrado....
 

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