Derechos de enganche en alta tensión

ENCARNA RAMIREZ

Nuevo miembro
Buenos días. Gestiono un punto de luz en alta tensión con tarifa 6.1TD, con seis periodos, del P1 al P6.
La potencia nominal de este punto de suministro es de 100 kw en P6. Y en su momento pagamos los derechos de enganche y otros derechos por tener esa potencia.
Durante años, hemos subido y bajado las potencias en P1, P2, P3, P4 y P5 en función de las necesidades, y eso no ha generado ningún costo.
Como digo, la potencia a la tenemos acceso es 100kw en P6.
Últimamente, hemos hecho un cambio para ajustar las potencias de P1 a P5 a lo que realmente necesitamos, subiendo un periodo y bajando otros.
Entre un cambio y otro ha pasado más de un año.
Y ha sido la primera vez que la comercializadora dice que ese ajuste conlleva un coste de 79,49€ en derechos de enganche.
No estoy de acuerdo y creo que es un error, salvo que Iberdrola haya cambiado su forma de proceder.
Los derechos de enganche se pagan: en la primera alta de la luz, si ese punto de suministro está desconectado 5 años, si subes la potencia nominal en el P6, si voluntariamente cambias de tarifa.
Nunca nos han cobrado derechos de enganche por cambios entre P1 y P5.
¿Alguien puede decirme si este tema ha cambiado?
Gracias. Encarna.
 

Coitocircuito

Miembro Oro
Hola

Esto esta referido a la BT pero tal vez pudiera ser extrapolable

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Como ves para el cambio con discriminación asumen ellos el gasto VOLUNTARIAMENTE

Por tanto yo le apretaría las clavijas a la comercializadora, a ver por qué lo cobran ahora, habiendo sido anteriormente gratuito. Les pondría sobre aviso que tengo ofertas de otra comercializadora que lo cambia gratis (aunque sea incierto)

Saludos
 

ENCARNA RAMIREZ

Nuevo miembro
Hola de nuevo.
Abandonarlos no es una opción, acabo de renovar contrato a precio fijo.

Respecto al cobro de los derechos de enganche, sigue en sus trece.
Según refieren, en la Orden ITC/3519/2009 pone que:

"De acuerdo al artículo 50.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, los
derechos por actuaciones en los equipos de medida y control serán inicialmente los mismos
que los fijados para los derechos de enganche".


Cuando solicitas un cambio de potencia entre P1 y P5 no ha actuación en los equipos de medida, ni siquiera en remoto (pues están en telemedida). Nadie viene a hacer nada al contador.
He hechos esos cambios entre periodos P1 y P5 desde 2012, en varias ocasiones. Nunca cobraron derechos de enganche en ninguna de la comercializadoras en las que estaba.
Dicen que han hecho la consulta a Iberdrola. Y se reafirma en que hay que pagar derechos de enganche.
O la persona de Iberdrola no se entera, o son simplemente unos jetas.
Si alguien puede echarme una mano de cómo manejarlo, lo agradeceré.
No es por los 79,45 euros, es ya por justicia.
Encarna Ramirez.
 

Coitocircuito

Miembro Oro
Hola

Puedes recurrir a un abogado experto el derecho eléctrico

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Ahora bien va salir mas caro el collar que el perro...

Saludos
 

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