Ubicación de tablero eléctrico

Alejandra

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Ubicación de tablero eléctrico
Buenas tardes a todos!
Estoy coordinando la reparación de una casa, construida en los años 50-60 del siglo pasado. Tenemos que hacer todas las instalaciones electricas nuevas. El panel eléctrico original se encuentra en la fachada lateral de la casa, cerca del jardín de entrada. Algunos electricistas me recomiendan poner el nuevo panel dentro de la casa y no afuera. El dueño no está convencido de cambiar la posición original. ¿Que creen? ¿Es recomendabble que el panel sea exterior o es mejor dentro? ¿Cuales serian las ventajas y las desventajas de las dos opciones?

En caso de que esté dentro debo cuidar que esté siempre cerca de una salida, ¿cierto?
Gracias de antemano!
 

PcFex

Miembro Bronce
Siempre dentro de casa y detras de la puerta de entrada si se puede, que es donde menos se ve, lo mejor para que cuando salte aguna térmica no tengas que salir fuera de la casa para subirla....
 

AstroElectrik

Nuevo miembro
Buenas.

No se de donde eres pero en España la ubicación de los dispositivos de protección está regulada en el reglamento electrotécnico de baja tensión, concretamente en la ITC 17. Es tal como te dice Felisin, en la entrada de la casa. Si eres de otro pais, tendrás que adaptarte a la normativa que tengáis.

Te pego un extracto del texto del reglamento:

Los dispositivos generales de mando y protección, se situarán lo más cerca posible del punto de entrada de la derivación individual en el local o vivienda del usuario. En viviendas y en locales comerciales e industriales en los que proceda, se colocará una caja para el interruptor de control de potencia, inmediatamente antes de los demás dispositivos, en compartimento independiente y precintable. Dicha caja se podrá colocar en el mismo cuadro donde se coloquen los dispositivos generales de mando y protección.

En viviendas, deberá preverse la situación de los dispositivos generales de mando y protección junto a la puerta de entrada y no podrá colocarse en dormitorios, baños, aseos, etc. En los
locales destinados a actividades industriales o comerciales, deberán situarse lo más próximo posible a una puerta de entrada de éstos.

La altura a la cual se situarán los dispositivos generales e individuales de mando y protección de los circuitos, medida desde el nivel del suelo, estará comprendida entre 1,4 y 2 m, para viviendas.
 

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